A partir de octubre de 2024 el Servicio de Administración Tributaria pone en marcha nuevos programas de auditoría y revisión para asegurar el cumplimiento de medidas enfocadas a detectar y sancionar prácticas de contrabando, evasión y elusión fiscal, en especial para identificar el impago de impuestos de mercancías procedentes de Asia.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió modificaciones a la normatividad para fortalecer el combate a prácticas abusivas.
En materia de comercio exterior:
- Se refuerza la supervisión para que las empresas de mensajería identifiquen a quienes importan mercancías de Asia sin pagar los impuestos correspondientes y verifiquen que las mercancías declaradas son las mismas que fueron enviadas.
- Se implementan nuevos requisitos para que las empresas que realizan importaciones temporales obtengan el registro como empresa certificada, o bien, la aceptación de la garantía del IVA e IEPS a efecto de asegurar que las mercancías retornen al extranjero.
- Se precisa que los agentes y agencias aduanales pueden ser sancionados por cometer infracciones relacionadas con la importación o exportación, dado que participan en el despacho aduanero.
- Se esclarece que es una práctica indebida introducir al país mezclas compuestas esencialmente de azúcar con carbón activado o con sustancias análogas o similares, y una vez en el país separar o eliminar este último componente, con la finalidad de no pagar los impuestos correspondientes.
En materia de impuestos internos se aclara:
- Que las tiendas en línea que operan como intermediarias, también se deben inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y retener los impuestos que correspondan a las operaciones en las que participen como intermediarias.
- Que la deducción de los gastos en la contratación de servicios en la determinación del ISR, procede cuando se demuestre que el servicio fue efectivamente prestado.
- Que los contribuyentes que adquieren bienes en México propiedad de un extranjero, deben retener el IVA.