La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) determinó que cuando exista una disputa intersindical por la titularidad de un contrato colectivo de trabajo, las agrupaciones que busquen el recuento deben acreditar que cuentan al menos con el 10% de afiliación de los empleados, además de que también determinó en torno a la omisión de aportaciones patronales al Infonavit.