Aclara SAT que no cobra ni vigila depósitos en efectivo

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que no vigila ni cobra impuestos por depósitos monetarios realizados en instituciones bancarias.

El órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señaló que los depósitos para gastos de padres a hijos (o viceversa), así como para tandas o préstamos personales no son motivo de vigilancia ni cobro de impuestos.

Indicó que los depósitos para pagos por venta de catálogo (en productos como cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros) también están libres de dichas medidas.

En términos fiscales, se considera “depósitos en efectivo” a todos aquellos que se realicen, en moneda nacional o extranjera, “en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las Instituciones del Sistema Financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja”.

“Es pertinente aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigila ni cobra algún tipo de impuesto”, destacó el SAT al señalar que realiza diez mil auditorias al año aproximadamente, en las que se revisa la información declarada por los contribuyentes. 

 

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