De separación de bienes a sociedad conyugal en matrimonio en 3 días

Las parejas casadas legalmente en Puebla podrán hacer el cambio de régimen patrimonial en su matrimonio de manera ágil, en un lapso no mayor de 72 horas.

Con esto, las personas que inicialmente hayan celebrado su matrimonio por el régimen de “Separación de bienes”, quienes así lo requieren, pueden efectuar la modificación de su esquema a “Sociedad conyugal”, derivado a que el artículo 28 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, correspondiente al ejercicio 2024 y que entró en vigor a partir del primero de enero, ya contempla este servicio que se brinda en las oficinas del Registro Civilm informó su titular, Manuel Carmona Sosa.

Las parejas deberán acudir al mismo Juzgado donde se llevó a cabo originalmente el registro de matrimonio y presentar la documentación que puede ser consultada en www.ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, así como el pago de derechos (300 pesos) en las cajas de la Secretaría de Finanzas.

Anteriormente este servicio sólo podía obtenerse mediante la intervención de un Notario Público o a través de un procedimiento judicial, lo cual, además de representar un largo tiempo de espera, tenía costos económicos elevados.

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